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EDITORIAL

¿Estamos en las mismas?

En el editorial No. 44 de EL CONTAINER, correspondiente al mes de junio de 2007, 5 años atrás, titulado "PLATA SI HAY…" afirmamos que el problema de la financiación y ejecución de proyectos de infraestructura vial en Colombia se debía a diferentes causas, más concretamente a las dificultades e incapacidad del Estado en el diseño, adjudicación, contratación, interventoría y evaluación de las obras, antes que a la carencia de recursos de financiación como socorridamente estábamos acostumbrados a sostener.

En primer lugar desde hace 20 años al menos, se introdujo el novedoso mecanismo de las concesiones para la vinculación de los particulares en la financiación y ejecución de proyectos de infraestructura; en segundo término, más recientemente se cuenta con los recursos del portafolio en poder de los distintos fondos, los cuales ascendían en aquella época a unos 170 billones de pesos, recursos que ayer como hoy, continúan ociosos sin aportar al desarrollo.

El doctor Rudolf Hommes afirmaba hace 5 años: "No aprovechan todas las oportunidades de diversificación que les permitiría obtener mejores rendimientos para el nivel de riesgo en el que incurren o menor riesgo con los mismos rendimientos que obtienen en la actualidad, por su parte ANIF también afirmaba "Existe una pobreza preocupante en la estructuración de los negocios, desde la propia concepción en ingeniería y evaluación de riesgos, que dificulta el correcto flujo de inversión en obras de infraestructura".

Hoy, 5 años después pareciera que nos encontramos en circunstancias parecidas al tenor de lo afirmado recientemente por el doctor Santiago Montenegro, Presidente de ASOFONDOS en cuyo concepto "el inconveniente principal es que hasta ahora los gobiernos nacionales no han logrado hacer un buen modelo de concesiones, de participación público-privada". Seguidamente "considera que se necesitan estudios mucho más profundos, en los cuales haya cálculos tanto de los costos como de los riesgos que existen y quién los asume.

Según el dirigente gremial es deseo del sector volcarse decididamente a la inversión en proyectos de infraestructura, de común interés para el país como para la colocación del portafolio de los fondos. A su juicio la inversión en infraestructura representa grandes ventajas por tratarse de proyectos de largo plazo al igual que el horizonte de ahorro de los cotizantes a pensiones.

Teniendo en cuenta que estas inversiones se realizan en pesos, también se elimina el riesgo cambiario y están cubiertas contra el riesgo de la inflación.

Solamente los fondos de pensiones disponen en la actualidad de unos 100 billones de pesos, de los cuales podrían destinar el 25% a inversiones en infraestructura, es decir 25 billones en contraste con la pírrica cifra de 2.3 billones de pesos que actualmente tienen los fondos en este tipo de inversiones.

Queda entonces claro que cualquier causa puede aducirse para el rezago característico de nuestra infraestructura menos la carencia de recursos.

Acompañamos al Gobierno Nacional en su empreño singular de darle todo vapor a la "locomotora de la infraestructura", mediante el revolcón en las agencias gubernamentales correspondientes, la estructuración adecuada de los proyectos, el lanzamiento de una nueva generación en materia de concesiones, la reestructuración de los procesos licitatorios, adjudicaciones y nuevas reglas del juego, lo cual también atraerá mayor inversión extranjera al sector. Tenemos que superar de una vez para siempre la postración que ha caracterizado nuestra red vial, uno de los principales escollos para competir en razonables condiciones en los ambientes exigentes que suponen los tratados de libre comercio suscritos o por suscribir, en lo cual tenemos puestas todas las expectativas.

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Vehículos de carga en Colombia

El estudio del parque automotor reviste gran importancia en la medida que este permite la formulación de políticas y estrategias acertadas para el desarrollo del transporte de carga por parte de las autoridades encargadas; el presente trabajo tiene como objetivo evidenciar la composición y propiedades del parque automotor actual junto con la evolución histórica del mismo, constituyéndose así en una herramienta de consulta. Para la elaboración del trabajo se utilizó información suministrada por el Ministerio de Transporte y la firma Econometría S.A, con la cual se realizaron cálculos por parte de COLFECAR.

Para la determinación del parque automotor de carga existente a abril de 2011 se utilizó la serie histórica de los años 1990 al 2008, suministradas por el Ministerio de Transporte; a estas cifras se les adicionó las ventas vehiculares de carga según lo reportado por la firma Econometría S.A y se descontó a dichos resultados la cantidad de vehículos desintegrados según datos del Ministerio de Transporte. Con lo anterior finalmente se obtiene el total de vehículos de carga a 2011 tanto para servicio público como para servicio particular.

Es importante aclarar que el resultado obtenido anteriormente es un resultado parcial ya que a la fecha el Ministerio de Transporte ha desintegrado 5.408 vehículos adicionales para reposición vehicular los cuales no se han tenido en cuenta para los cálculos anteriores por no poseer información detallada de dichos vehículos.

Parque automotor actual El parque automotor colombiano de carga a 2011 está constituido por aproximadamente 326.377 vehículos, de los cuales los vehículos rígidos (C2, C3, C4) representan el 85,53%, es decir, 279.142 vehículos; mientras que los vehículos articulados (C2S, C3S) representan el 14,47% con 47.235 vehículos.

Parque automotor de servicio particular Al desagregar el parque automotor colombiano de carga a 2011 se encuentra que 91.598 vehículos corresponden a servicio particular, es decir el 28,07% del total del parque automotor existente.

Así mismo, dicho parque automotor se encuentra distribuido de la siguiente manera: Los vehículos rígidos (C2, C3, C4) representan el 98,63% lo cual equivale a 90.340 vehículos, mientras que los vehículos articulados (C2S, C3S) representan el 1.38% con aproximadamente 1.258 vehículos.

Parque automotor de servicio público El parque automotor de servicio público a 2011 se encuentra conformado por 234.779 vehículos, es decir el 71,93% del total del parque existente.

Así mismo, los vehículos rígidos (C2, C3, C4) constituyen el 80,42%, equivalente a 188.800 vehículos, mientras que los vehículos articulados (C2S, C3S) representan el 19,58% equivalente a 45.978 vehículos.

Evolución del parque automotor de servicio público El comportamiento histórico del parque automotor de servicio público a partir del año 2000, nos muestra una marcada tendencia creciente en el número de vehículos de carga, el parque automotor ha crecido en un 124,07% en un lapso de poco más de 10 años, desde el año 2000 hasta el 2011 y ha registrado una variación promedio anual del 8,41%. Por otro lado, la evolución vehicular de carga por tipo de configuración en el periodo 2000 - 2011 nos muestra que los vehículos articulados tuvieron el mayor crecimiento con un 127,49% a pesar de que para el 2011 solo participan con el 19,58% de los vehículos de carga.

Entre tanto los camiones sencillos (C2) los cuales representan la mayoría de los vehículos de carga (73,19%) crecieron 124,93% durante los últimos 11 años y los vehículos C3 y C4 presentaron un crecimiento del 107,56% en el periodo estudiado. Capacidad estática ofrecida La capacidad estática ofrecida hace referencia al número de toneladas que el sector está en capacidad de movilizar si se utilizaran todos los vehículos disponibles en un mismo momento del tiempo.

No obstante el Ministerio de Transporte por medio de la Resolución 4100 de 2004 estableció los pesos brutos vehiculares máximos para los vehículos de carga del país, por lo que la capacidad ofrecida está sujeta a Capacidad ofrecida parque automotor servicio público De acuerdo a lo estipulado por el Ministerio de Transporte y según la distribución por configuración del parque automotor de servicio público se puede apreciar que en el año 2000 con el 19,29% de los equipos, es decir, los vehículos articulados se ofrecía el 49,99% de la capacidad del parque automotor en esa época, equivalente a 615 mil toneladas; mientras, los vehículos rígidos con 80,71% de estos equipos ofrecían el 50,01% de la capacidad, es decir 616 mil toneladas. Ya en 2011, la situación anterior se invierte ya que ahora con el 19,58% del parque automotor, es decir, los vehículos articulados se ofrecen el 50,22% de la capacidad del parque equivalente a 1,37 millones de toneladas; mientras, los vehículos rígidos con 80,42% del parque automotor, ofrecen el 49,79% de la capacidad, es decir 1,36 millones de toneladas.

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Nuevas condiciones para chatarrización vehicular

Con el propósito de avanzar en el mejoramiento de la política de chatarrización vehicular el Gobierno y los transportadores de carga por carretera avanzan en el análisis de un proyecto de resolución enfocado a mejorar el desarrollo de dicho proceso.

Es así como en el marco de las deliberaciones de la Mesa de Parque Automotor, en la que tiene asiento COLFECAR, se han identificado tres temas prioritarios para el sector referentes a las condiciones y procedimientos a seguir para adelantar la desintegración, póliza de chatarrización y postulación o reconocimiento económico.

De esta forma, teniendo en cuenta el represamiento y retraso que ha tenido el procedimiento de desintegración física de vehículos y reconocimiento económico se abocó con el Ministerio de Transporte un trabajo que pretende la simplificación de las condiciones y trámites existentes en esta materia.

En consecuencia, en el marco de estas reuniones se revisaron las resoluciones 4160, 5250, 3253 de 2008 y 619 de 2009, referentes a este tema, con el fin de integrarlas en un solo acto administrativo. La medida coincide con las reiteradas solicitudes formuladas por COLFECAR ante el Ministerio de Transporte, para efectuar ajustes que permitan agilizar el proceso de matrícula de nuevos camiones y la ejecución de los recursos que se obtienen por tal efecto para impulsar la chatarrización vehicular.

Entre otros, los transportadores han manifestado su malestar por las demoras en la matrícula de camiones nuevos e inconvenientes para la postulación al reconocimiento económico. COLFECAR señaló que a pesar de que los transportadores de carga por carretera están cumpliendo a cabalidad los trámites y procedimientos relacionados con la matrícula de camiones nuevos, previo el pago de la caución o garantía bancaria, dicho proceso se ha vuelto muy engorroso.

Reconocimiento Así las cosas, para el reconocimiento económico por desintegración física total de vehículos de servicio público destinados al transporte terrestre automotor de carga se han establecido varios requisitos. En lo que hace referencia a las condiciones del vehículo hay que estar inscritos en el Registro Nacional Automotor del Registro Único Nacional de Tránsito – RUNT-. De igual forma, se debe estar activo en la prestación del servicio público de transporte terrestre automotor de carga y libre de todo gravamen o afectación jurídica que afecte la libre disposición del vehículo.

Otro punto indica que cada propietario podrá postular hasta un máximo de dos (2) vehículos con una capacidad de carga mayor o igual a seis (6) toneladas. Así mismo, deberán contar con una antigüedad igual o superior a 25 años, contados a partir del momento de la matrícula con relación a la fecha de postulación.

El afectado deberá diligenciar el formulario de postulación a través de la página web www.mintransporte.gov.co, siguiendo el procedimiento e instructivo establecido. El Ministerio de Transporte, a través del RUNT, validará la información registrada en el formulario de postulación.

Si en el proceso de validación se constata que el vehículo a postular no se encuentra registrado en el RUNT o que hay diferencias entre la información registrada y la existente en el RUNT y/o la existencia de algún registro de acto de limitación o gravamen a la propiedad del vehículo que impida la realización del proceso, o sanció ejecutoriada de aquellas que impiden la realización de trámites de tránsito, lo notificara al propietario al correo electrónico registrado en la solicitud.

Por su parte, el propietario para realizar los ajustes a la información tendrá un plazo máximo de dos meses a partir de la comunicación del requerimiento, si transcurrido este periodo no subsana las causas de improcedencia del trámite, se entenderá que desiste de la postulación y se anulará la misma.

En caso que el rechazo sea por no estar registrado el vehículo en el RUNT el sistema notificará al organismo de tránsito correspondiente, para que realice la migración del mismo, la cual deberá realizarse dentro de los tres días siguientes a la notificación.

Una vez validada la información del vehículo y constatada la existencia de la disponibilidad presupuestal el Ministerio de Transporte informará al propietario la fecha a presentar el vehículo para su desintegración y el procedimiento a seguir.

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El próximo 15 de mayo entra en vigencia el TLC entre Colombia y EE.UU.

"Hoy podemos anunciar que el 15 de mayo, exactamente dentro de un mes, entra en vigencia, ya en términos prácticos, el Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos". Así lo confirmó el Presidente Juan Manuel Santos tras sostener una reunión bilateral con su homólogo norteamericano, Barack Obama, en el marco de la VI Cumbre de las Américas que se desarrolló en Cartagena.

El Presidente Santos resaltó que la entrada en vigencia del acuerdo comercial con esta potencia económica, representa la generación de miles, de millones de empleos tanto en Colombia como en Estados Unidos.

"Para nosotros es un sueño que teníamos hace muchísimo tiempo. Desde que fui Ministro de Comercio, hace 20 años, soñábamos con tener libre comercio con Estados Unidos y esto se ha hecho realidad hoy aquí en Cartagena", manifestó el mandatario colombiano.

El Presidente de Colombia agradeció a EstadosUnidos y al Presidente Obama su constante apoyo a nuestro país.

"Gracias al Plan Colombia, gracias al apoyo de Estados Unidos y gracias a usted, Presidente Obama, por el apoyo permanente que nos ha dado, pues hoy somos una democracia vigorosa, Actuante que está dado resultados concretos para nuestra gente y que ha sido reconocida por el mundo entero", dijo.

Por su parte, el Presidente Barack Obama aseguró que este es un "acuerdo de libre comercio sin precedentes".

De igual manera destacó los avances de Colombia en materia de protección de los derechos laborales. "Desde la Casa Blanca acordamos un plan para velar por la protección de los derechos laborales. Sabemos que queda muchotrabajo por hacer, pero hemos alcanzado avances muy importantes", afirmó el Presidente Obama.

Los transportadores de carga por carretera manifestaron su confianza en que la puesta en marcha del Tratado de Libre Comercio TLC, contribuya a mejorar las condiciones del sector como la reducción de los costos operativos del gremio y el mejoramiento de las deficiencias en materia de infraestructura vial y logística, que actualmente actúan como obstáculos para la competitividad.

A juicio del presidente de COLFECAR, Jaime Sorzano Serrano, aunque el TLC es positivo para el país en el caso del transporte terrestre automotor de carga en Colombia, ocurre lo contrario que en la mayoría de los otros sectores económicos, pues se trata de un servicio tradicionalmente abierto a la competencia extranjera con, o sin TLC, ya que la Ley comercial no contempla barreras especiales de entrada.

Explicó que el transporte tiene expectativas fundadas en una reducción de los costos operativos debido a la desgravación arancelaria que implica la suscripción del TLC, lo que permitirá que equipos, insumos y accesorios que hoy se importan del país del Norte vean disminuidos los aranceles.

Para COLFECAR por lo menos 133 partidas arancelarias que van desde equipo automotor hasta repuestos y accesorios serán desgravados.

De ellas 78 items, correspondientes al 59%, serán desgravados inmediatamente; 20 ítems, correspondientes al 15%, lo harán en un lapso de 5 años y 35 ítems, correspondientes al 26%, lo harán en 10 años.

Cambios logísticos

Para el presidente de COLFECAR los acuerdos obtenidos en materia aduanera hacen prever importantes reducciones de tiempos en las funciones y trámites correspondientes y en las inspecciones, lo cual toca directamente con la eficiencia del modo terrestre de carga. "Ello es otro factor a favor, toda vez que en el tema de despacho de mercancías, se acordó agilizar el proceso de ingreso de las mercancías a un país en un término no mayor a 48 horas, contadas desde la llegada al puerto" sostuvo Sorzano Serrano.

Afirmó que esto implicará para Colombia un cambio importante en su logística con el fin de lograr que se corrijan los procesos y un año después de que entre en vigencia el TLC, se cumpla con estos tiempos.

El dirigente gremial señaló que a medida que avance la ejecución del tratado se irán incrementando los volúmenes de carga transportada tanto de importación como de exportación con un positivo impacto en el sector transportador. Consideró afortunado, por parte de la negociación suscrita, mantener la prohibición de importación de equipo usado al país, lo cual atenta contra la calidad y seguridad en el desempeño del servicio público.

"Es de advertir sin embargo, que mantenemos preocupación respecto al ingreso de remanufacturados, sobre lo cual las autoridades aduaneras y de control deberán ejercer todo esfuerzo a fin de evitar que camuflados dentro de los remanufacturados ingresen bienes usados al país" indicó.

Finalmente, el dirigente gremial destacó que el TLC atraiga inversión extranjera al país por la certeza que él aporta en las reglas del juego del intercambio comercial.

"Ello a su vez supondrá mejores posibilidades para el desarrollo económico, generación de puestos de trabajo y mayores volúmenes transados con su positivo impacto en nuestro sector económico" dijo.

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Piden suspender limitaciones a camiones en frontera con Ecuador

La Federación Colombiana de Transportadores de Carga por Carretera COLFECAR, manifestó su inconformidad con la decisión del Gobierno del Ecuador de prohibir la movilización de mercancías en vehículos habilitados por otras empresas y establecer requisitos para los automotores que crucen la frontera.

En el primero de los casos el gremio le solicitó al Gobierno nacional elevar un derecho de petición de información a la Secretaría General de la Comunidad Andina en relación con el alcance del artículo 74 de la Decisión 399 que permite incondicionalmente que en las operaciones de transporte internacional de mercancías por carretera un transportista autorizado utilice los vehículos habilitados por otro empresario autorizado.

La petición se origina en el reciente anuncio del Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador (SENAE), de prohibir la contratación de vehículos habilitados por otras empresas nacionales en la zona fronteriza a partir del 1° de mayo próximo.

A juicio del gremio con esta medida se afectarían las operaciones de transporte internacional pues el incremento de la carga en el comercio binacional exige a las empresas autorizadas utilizar bajo su responsabilidad los vehículos habilitados por otra.

El gremio indicó que la solicitud se hizo teniendo en cuenta el concepto de la Secretaría General de la CAN respecto al alcance del artículo 74 el cual es fundamental por existir valoraciones y criterios diversos en los organismos nacionales competentes de Colombia y Ecuador y las autoridades aduaneras.

En comunicación dirigida al Ministro de Comercio, Industria y Turismo, Sergio Díaz granados, el gremio transportador sustenta dicha petición en lo dispuesto en el Artículo 2°, numeral 16, del Decreto 210 de 2003 que establece como función gubernamental servir de órgano de enlace del Gobierno con las entidades internacionales responsables de los temas de integración y comercio internacional.

El presidente de COLFECAR Jaime Sorzano Serrano, manifestó que dicha petición también se sustenta en lo establecido en los artículos 1°, literal a) y 4° de la Decisión 425 de la Comunidad Andina de Naciones, que determinan los procedimientos ante la Secretaría General de la Comunidad Andina de Naciones referidos a las controversias por aplicación de normas que forman parte del ordenamiento jurídico comunitario, así como a la facultad de aplicación de la fuente supletoria del derecho administrativo a fin de resolver los asuntos que son de su competencia.

Libre tránsito El presidente de COLFECAR explicó que el anterior planteamiento se sustenta en el principio del libre tránsito regulado en la norma supranacional referente a la Decisión 399, atribuye al Organismo Nacional Competente de Transporte en cada uno de los países miembros la función de aplicar integralmente la citada determinación y sus normas complementarias.

Dicha Decisión permite al transportista, que cuenta con las autorizaciones establecidas en la norma andina, efectuar transporte internacional de mercancías por carretera, cuando este se realiza en vehículos habilitados (camión o tractocamión) y en unidades de carga (remolque o semi-remolque), debidamente registrados ante los organismos nacionales de transporte y aduana de los países miembros por cuyo territorio prestan el servicio.

"Por lo anterior se deduce que sí los vehículos se encuentran habilitados y registrados ante el ONC y la autoridad aduanera respectivamente, pueden realizar operaciones de transporte internacional bajo el régimen aduanero que los ampare (importación temporal o tránsito aduanero)" manifestó Sorzano Serrano.

Aseveró que esta regla general posee una excepción que la ratifica en el artículo 74, según la cual, los organismos nacionales competentes permitirán el uso de un vehículo no habilitado, para proseguir con una operación de transporte internacional que, por causa de fuerza mayor o caso fortuito, se encuentre impedida de continuar en su vehículo el servicio seguirá siendo prestado bajo la responsabilidad del transportista autorizado que haya emitido la CPIC y el MCI.

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